Normativa española que cubre ANTARES
Respuesta corta. ANTARES está construido para la normativa española: numeración correlativa sin huecos, inmutabilidad de lo emitido, registro horario conforme al RD-ley 8/2019 y cálculo de los modelos 303 y 130. Lo que no hace es presentar nada ante la Agencia Tributaria ni sustituir a tu asesoría.
Facturación
| Requisito | Cómo lo cubre ANTARES |
|---|---|
| Numeración correlativa sin huecos | El número se reserva y se emite en la misma operación: o hay documento con número, o no hay nada |
| Inmutabilidad de lo emitido | Una factura generada no admite cambios en tipo, número, serie, año, fecha, líneas, datos fiscales ni total |
| Identificación del destinatario | La factura no se genera sin CIF/NIF del cliente |
| Desglose de IVA | Por tipo, no promediado |
| Retención de IRPF | Se aplica sobre la base imponible |
| Anulación sin borrado | Un documento anulado conserva su número |
Registro horario
El RD-ley 8/2019 obliga a registrar la jornada y a conservar los registros cuatro años. El módulo de Fichajes registra entrada, pausa y salida con su hora y su ubicación, y el panel del administrador reúne los de todo el equipo.
Ficha en el momento: rellenar la semana el viernes no cumple el requisito.
Impuestos
Cálculo del modelo 303 (IVA) y del modelo 130 (IRPF), trimestre a trimestre, a partir de los movimientos registrados.
| Trimestre | Hasta |
|---|---|
| 1T (enero–marzo) | 20 de abril |
| 2T (abril–junio) | 20 de julio |
| 3T (julio–septiembre) | 20 de octubre |
| 4T (octubre–diciembre) | 30 de enero |
Protección de datos
RGPD y LOPDGDD: consentimientos registrados con fecha y versión, exportación completa, borrado y control de accesos por persona.
Lo que ANTARES NO hace
- No presenta modelos ante la Agencia Tributaria. Calcula y ordena; presentar es cosa tuya o de tu gestor.
- No sustituye a tu asesoría.
- No garantiza que tus datos sean correctos. El cálculo es tan bueno como lo que registres: una factura sin meter o un IVA mal puesto dan una liquidación equivocada.
- No conserva tus facturas si borras la cuenta. La obligación de guardarlas cuatro años sigue siendo tuya.
Lo que no es evidente
- La inmutabilidad no es una molestia: es el requisito. Que ni tú ni el soporte podáis modificar una factura emitida es lo que hace que el registro valga como tal.
- Que el número se reserve y se emita a la vez resuelve un problema real. El patrón de «pedir número y luego guardar» deja huecos en la serie si lo segundo falla, y un hueco es precisamente lo que la normativa no permite.
- El recibo se queda fuera de la numeración a propósito: no se le exige continuidad a un justificante de cobro.
- La responsabilidad del tratamiento de los datos de tus clientes es tuya, no de ANTARES.
Qué leer después
- Numeración y series
- Por qué no puedo editar una factura emitida
- Calcular los impuestos del trimestre
Fuente: documentación oficial de ANTARES (R3ZON). Actualizado el 2026-08-26. https://docs.r3zon.com/antares/referencia/normativa-espanola